Multitrabajos Blog

¡Descarga la app en tu celular!

Vacaciones en Ecuador: cuántos días corresponden y cómo se pagan

Vacaciones en Ecuador.

En Ecuador, las vacaciones son un derecho laboral de descanso anual. La regla general es de 15 días de descanso ininterrumpido por año, incluidos los días no laborables. Cuando la persona trabajadora tiene más de cinco años con el mismo empleador, pueden sumarse días adicionales por antigüedad.

Cómo funcionan las vacaciones en Ecuador

Las vacaciones son un período anual de descanso. Como regla general, se otorgan de forma ininterrumpida y permiten que la persona trabajadora se ausente del trabajo sin perder la remuneración correspondiente.

La regla general indica que:

  • corresponden 15 días de descanso anual;
  • se incluyen los días no laborables;
  • son un derecho irrenunciable;
  • la finalidad principal es el descanso;
  • no deben reemplazarse por dinero mientras sigue la relación laboral, salvo los supuestos previstos por la normativa.

En la práctica, esto significa que no se trata de 15 días hábiles. La referencia legal habla de 15 días de descanso, incluidos los días no laborables.

Cuántos días de vacaciones tienes según la ley

Los días de vacaciones en Ecuador dependen de la regla general y de la antigüedad con el mismo empleador.

SituaciónDías de vacaciones
Regla general15 días de descanso anual
Más de 5 años con el mismo empleador1 día adicional por cada año excedente
Límite de días adicionales por antigüedadHasta 15 días adicionales, salvo acuerdo individual o colectivo

El Código del Trabajo establece que quienes hayan prestado servicios por más de cinco años con el mismo empleador tienen derecho a un día adicional de vacaciones por cada año excedente. También fija un límite de 15 días adicionales, salvo que las partes acuerden ampliar el beneficio por contrato individual o colectivo.

Cómo cambia según la antigüedad laboral

La antigüedad puede sumar días, pero no desde el primer año. El beneficio aparece cuando la persona trabajadora supera los cinco años con el mismo empleador.

A partir de ese punto, puede sumarse 1 día adicional por cada año excedente, dentro de los límites previstos. Por ejemplo, una persona que supera los cinco años con el mismo empleador puede empezar a generar días adicionales por antigüedad.

El empleador puede elegir entre otorgar esos días adicionales de descanso o pagar la remuneración correspondiente a esos días excedentes. Esa diferencia es importante: los 15 días de descanso anual son la base del derecho, mientras que los días excedentes por antigüedad tienen un tratamiento específico.

Cómo se pagan las vacaciones

La persona trabajadora debe recibir por adelantado la remuneración correspondiente al período de descanso.

El cálculo general para el pago de vacaciones se realiza sobre una parte de lo percibido durante el año completo de trabajo. El Código del Trabajo indica que la liquidación para el pago de vacaciones corresponde a la veinticuatroava parte de lo percibido en ese período, considerando pagos ordinarios, suplementarios, extraordinarios y otra retribución accesoria normal.

Si tu remuneración incluye horas suplementarias, extraordinarias, comisiones u otros pagos variables, el cálculo puede requerir revisar comprobantes y valores registrados durante el período correspondiente.

Si existen pagos variables o conceptos adicionales, el cálculo puede requerir revisar comprobantes y otros documentos laborales.

Qué pasa si termina la relación laboral y quedan vacaciones pendientes

Mientras la relación laboral sigue vigente, las vacaciones tienen finalidad de descanso. No es lo mismo tomar vacaciones durante el vínculo que liquidar días pendientes al finalizar.

Si termina la relación laboral y la persona trabajadora no gozó sus vacaciones, puede corresponder el pago proporcional según el tiempo de servicios. Ese valor puede aparecer dentro de la liquidación o el acta de finiquito.

Las vacaciones no gozadas deben revisarse junto con otros valores pendientes del cierre laboral, como remuneraciones, décimo tercera remuneración proporcional, décimo cuarta remuneración proporcional u otros conceptos que correspondan según el caso.

Qué revisar antes de pedir vacaciones o cerrar una liquidación

Antes de pedir vacaciones o revisar una liquidación, ordena la información principal del vínculo. Los puntos principales para revisar son:

  • fecha de ingreso;
  • tiempo trabajado;
  • años con el mismo empleador;
  • días de vacaciones ya tomados;
  • días adicionales por antigüedad, si aplican;
  • remuneración registrada;
  • horas suplementarias, extraordinarias u otros pagos variables;
  • vacaciones pendientes o no gozadas;
  • acta de finiquito, si termina la relación laboral;
  • comprobante de pago.

Si estás evaluando una nueva etapa laboral, entender cómo funcionan las vacaciones también ayuda a comparar condiciones de trabajo con más claridad. 

En Multitrabajos puedes explorar empleos y revisar ofertas de empleo según cargo, ubicación, modalidad y tipo de jornada.

Aclaración:

El contenido de este artículo es estrictamente educativo, referencial e informativo, por lo que no constituye, bajo ninguna circunstancia, asesoría legal, contable, fiscal, ni financiera.

Las leyes laborales están sujetas a interpretaciones judiciales, convenios colectivos específicos de cada industria, contratos individuales y situaciones particulares que pueden alterar significativamente los resultados de un caso real.

Aunque nos esforzamos por mantener nuestro contenido actualizado y alineado con las normativas vigentes, la legislación laboral es dinámica y no garantizamos la exactitud absoluta ni la vigencia inmediata de los datos publicados si se han producido reformas legales o fallos judiciales posteriores a la fecha de publicación.

Por lo tanto, no nos hacemos responsables por cualquier decisión tomada, reclamo formal o acción legal y económica que el usuario emprenda basándose en la información contenida en este sitio, y recomendamos enfáticamente a trabajadores y empleadores validar sus inquietudes con un profesional de Recursos Humanos, un contador público o un abogado laboralista local.

Buscar artículo

Selecciona una sección